El Orden es el sacramento
por el que algunos de entre los fieles quedan constituidos ministros
sagrados, al ser marcados con un carácter indeleble, y así
son consagrados y destinados a apacentar el pueblo de Dios según
el grado de cada uno, desempeñando en la persona de Cristo Cabeza
las funciones de enseñar, santificar y regir.
Jesucristo es el verdadero y supremo Sacerdote de
la Nueva Ley, pue sólo Él nos reconcilió con Dios
por medio de su Sangre derramada en la Cruz (Hebreos 8,1; 9,15). Sin embargo,
quiso Jesús que algunos hombres, escogidos por Él, participaran
de la dignidad sacerdotal de modo que llevaran los frutos de la Redención
a todos los demás. Con ese fin instituyó el sacerdocio
de la Nueva Alianza (Lucas 22,19). A su vez los Apóstoles, inspirados
por Dios, sabían que el encargo de Jesús no acabaría
con ellos, y por eso transmitían el ministerio mediante el sacramento
del Orden, que administraban por la imposición de las manos y la
oración (Hechos 14,23-24). De este modo comunicaban a otros hombres
el poder de regir, santificar y enseñar que ellos habían
recibido directamente del Señor.
Es dogma de fe explícitamente definido que
el sacramento del Orden sacerdotal es uno de los siete sacramentos de
la Nueva Ley instituidos por Nuestro Señor Jesucristo.
Los protestantes niegan este sacramento: para ellos
no hay distinción entre los sacerdotes y los laicos; todos los
fieles son sacerdotes, y para ejercitar el ministerio sólo requieren
un nombramiento o delegación de la comunidad.
a) Consta expresamente en la Sagrada Escritura que
Cristo hizo de los Apóstoles una elección especial: "Subió
a un monte y llamando a los que quiso, vinieron a Él, y designó
a doce para que le acompañaran y para enviarlos a predicar" (Marcos
3,13-15); "No me habéis elegido vosotros a mí, sino que
yo os elegí a vosotros" (Juan 15,16).
b) Al elegirlos les confió una misión
y les dio unos poderes particulares; en concreto:
--Poder de perdonar los pecados: " A quienes ustedes perdonen
los pecados les quedarán perdonados; y a quienes no se los perdonen
les quedarán sin perdonar" (Juan 20,23; Mateo 16,19; 18,18).
--Poder de administrar los demás sacramentos y de predicar
la Palabra de Dios: "Vayan, pues, a las gentes de todas las naciones
y háganlas mis discípulos, bautícenlas en el nombre
del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo; y enséñenles
a obedecer todo cuanto les he mandado a ustedes" (Mateo 28,19-20); "Como
mi Padre me envió, así yo los envío a ustedes"
(Juan 20,21).
--Poder sobre el Cuerpo real de Cristo, para renovar incruentamente
el sacrificio de la Cruz, hasta el fin de los siglos (Lucas 22,19; 1
Cor 11,23-25). Este es el principal poder que reciben los presbíteros,
pues el sacerdocio se ordena primariamente al sacrificio.
c) Estos poderes fueron dados por el Señor
a sus Apóstoles con una finalidad: continuar su misión
redentora hasta el fin de los siglos (Mateo 28,20; Juan 17,18). Esta finalidad
sería inalcanzable si los poderes terminaran con la muerte de
los Apóstoles, y por eso Cristo les mandó que los transmitieran,
y así lo entendieron y practicaron desde el principio:
"Impusieron las manos sobre algunos, elegidos específicamente"
(Hechos 6,6; 13,13).
Constituyeron presbíteros y obispos para gobernar
las Iglesias locales (Hechos 14,23; 20,28), para administrar los sacramentos
(1 Corintios 4,1), para fomentar las buenas costumbres y vigilar la recta
doctrina (1 Tesaloniscenses 3,2).
Este sacramento se llama Orden sagrado porque consiste
en grados ordenados, jerárquicamente subordinados entre sí,
de los que resulta la jerarquía eclesiástica.
La materia del sacramento del Orden es la imposición
de las manos y la forma es la oración consecratoria que los libros
litúrgicos prescriben para cada grado.
En la ordenación de presbíteros
son las palabras de la oración que el obispo dice después
de que el ordenado ha recibido la imposición de las manos. Las
esenciales son: "Te pedimos, Padre Todoporoderoso, que confieras a estos
siervos tuyos la dignidad del presbiterado; renueva en sus corazones el
Espíritu de santidad; reciban de Tí el sacerdocio de segundo
grado y sean, con su conducta, ejemplo de vida" (Ritual de Ordenación
de Presbíteros).
Por la ordenación sagrada el sacerdote es constituido
ministro de Dios y dispensador de los tesoros divinos (1 Cor 4,1). Con
este sacramento recibe una serie de efectos sobrnaturales que le ayudan
a cumplir su misión, siendo los principales: a) el carácter
indeleble, distinto al del Bautismo y al de la Confirmación, que
constituye al sujeto en sacerdote para siempre (Hebreos 5,5-6).
En el caso de los tres sacramentos que lo imprimen,
el carácter es una cierta capacitación para el culto, que
en el sacramento del orden constituye la más plena participación
en el sacerdocio de Cristo:
--Lleva a su plenitud el sacerdotal.
--Perfecciona el poder sacerdotal.
--Corona la capacidad de ejercer fácilmente ese poder sacerdotal
que el fiel ya tiene por el Bautismo y la Confirmación.
El carácter realiza todo eso a través
de una configuración del que se ordena con Cristo, Cabeza del
Cuerpo Místico, que le faculta para participar de un modo muy
especial en su sacerdocio y en su triple función. Por eso el sacerdote
se convierte en:
a) Ministro autorizado de la Palabra de Dios.
b) Ministro de los sacramentos.
c) Ministro del pueblo de Dios.
El sacramento del Orden aumenta la gracia santificante;
otorga, además, la gracia sacramental; es decir, la ayuda sobrenatural
necesaria para poder ejercer debidamente las funciones correspondientes
al grado recibido.
El ministerio eclesiástico, instituido por
Dios, está ejercido en diversos órdenes que ya desde antiguo
reciben los nombres de obispos, presbíteros y diáconos.
EL EPISCOPADO:
Entre los diversos ministerios que existen en la Iglesia,
ocupa el primer lugar el ministerio de los obispos que, a través
de una sucesión que se remonta hasta el principio, son los transmisores
de la semilla apostólica.
En orden a la consagración de la Eucaristía
su potestad no excede a la de los presbíteros, pero sí
la excede en:
--Conferir el sacramento del Orden.
--Terminar el ciclo de la inciación cristiana confiriendo
el sacramento de la Confirmación.
--Se reserva, de ordinario, la consagración de los santos
óleos.
--El derecho a predicar en cualquier lugar.
--El ser colocados al frente de las diócesis o Iglesias
locales y gobernarlas con potestad ordinaria, bajo la autoridad del
Romano Pontífice; pero tiene al mismo tiempo con todos sus hermanos
en el episcopado colegialmente, la solicitud de todas las Iglesias.
--Le corresponde en su diócesis, dictar normas sobre el
seminario, sobre la predicación, sobre la Liturgia, etc.
Además, son los obispos quienes conceden a
los presbíteros cualquier poder de régimen que puedan
tener sobre los demás fieles, y el encargo de predicar la Palabra
Divina.
EL PRESBITERADO
Los Presbíteros, aunque no tienen la plenitud
del sacerdocio y dependen de los obispos en el ejercicio de su potestad,
tienen el poder de:
--Consagrar el Cuerpo y la Sangre de Cristo;
--Perdonar los pecados;
--Ayudar a los fieles con las obras y la doctrina;
--Administrar aquellos otros sacramentos que no requieran necesariamente
el orden episcopal.
EL DIACONADO
El Diácono asiste al sacerdote en determinados
oficios; por ejemplo:
--En las funciones litúrgicas, en conformidad con los respectivos
libros;
--Administrando el Bautismo solemne;
--Reservando y distribuyendo la Eucaristía, llevando el
Viático a los moribundos y dando la bendición con el Santísimo;
--Asistir al Matrimonio donde no haya sacerdote.
El diaconado que fue y sigue siendo un esclaón
al presbiterado, es también ahora un grado permanente y propio
de la jerarquía.
Es ministro de la ordenación sagrada en todos
sus grados, el Obispo consagrado. Para la validez basta que el Obispo
tenga la intención requerida y observe el rito externo de la ordenación,
aunque sea hereje, cismático, simoníaco, o se halle excomulgado.
Sólo el varón bautizado recibe válidamente la ordenación.
Las obligaciones de los clérigos son : el celibato
sacerdotal, santidad de vida, obediencia al Ordinario (al Papa y Obispo),
uso del traje eclesiástico.