La 
  Penitencia  como  virtud moral lleva al pecador a arrepentirse de los pecados 
  cometidos,  a  tener el propósito de no volver a cometerlos y a imponerse
    por ellos el  debido castigo o satisfacción.  La Penitencia como sacramento
    es uno de los  siete sacramentos de la Nueva Ley instituidos por Nuestro
   Señor Jesucristo.
      
                   Como era tan sorprendente la divina misericordia dispuesta 
  a  perdonar,   el Señor fue preparando a sus Apóstoles y a sus discípulos, 
  perdonando  Él   mismo los pecados al paralítico de Cafarnaúm (Lucas 5,18-26), 
  a la mujer   pecadora (Lucas 7,37-50), y prometiendo además a los Apóstoles, 
  la potestad   de perdonar o de retener los pecados: "Les aseguro que lo 
que  ustedes aten   aquí en la tierra, también quedará atado en el cielo, 
y lo  que ustedes desaten   aquí en la tierra, también quedará desatado en 
el cielo"  (Mateo 18,18). 
      
                   Para que no hubiera duda de que los poderes que había
prometido     a San  Pedro personalmente (Mateo 16,19) y a los demás Apóstoles
con él   (Mateo   18,18),  incluían el de perdonar los pecados "Sopló sobre
ellos  y les dijo:   --Reciban  el Espíritu Santo. A quienes ustedes perdonen
los  pecados, les   quedarán perdonados;  y a quienes no se los perdonen,
les quedarán sin perdonar"   (Juan 20,22-23).  De otra manera, si la Iglesia
no tuviera esa potestad,  no podría explicarse  la voluntad salvífica de
Dios.    
      
                    La  potestad de perdonar se extiende absolutamente a
todos    los  pecados.   Consta por la amplitud ilimitada de las palabras
de Cristo    a los  Apóstoles:   "Les aseguro que lo que ustedes aten..."(Mateo
18,18),    y por  la práctica  universal de la Iglesia que, aún en las épocas
de máximo    rigor  disciplinar,  absolvía los pecados más aborrecibles una
vez en la   vida, y  siempre en el  momento de la muerte; señal evidente
de que la Iglesia   tenía  plena conciencia  de su ilimitada potestad sobre
toda clase de pecado.
      
                   Esa potestad fue conferida sólo a la Iglesia jerárquica, 
 no  a  todos  los fieles. La potestad que tiene la Iglesia es judicial; es
 decir,   el poder   conferido por Cristo a los Apóstoles y a sus sucesores 
 implica   un verdadero   acto judicativo: hay un juez, un reo y una culpa. 
 Se realiza   un juicio, se  pronuncia una sentencia y se impone un castigo. 
 
      
                   El signo sensible del sacramento está constituida por
los   actos   del  penitente y las palabras de la absolución. La forma es:
"Yo  te absuelvo   de  tus pecados en el nombre del Padre, del Hijo y del
Espíritu   Santo. Amén".
      
                   Los actos del penitente son:
      
                1) Exámen de conciencia, pidiéndo luz al Señor para conocer 
 la  propia   miseria  y a la luz de los 10 Mandamientos de la Ley de Dios 
 y de  los 5 Mandamientos   de la Santa Madre Iglesia.
      
               2) Contrición: es el dolor del alma y detestación del pecado 
 cometido.     Esta  contrición debe ser de todos los pecados cometidos, tanto
 mortales    como veniales.
      
                3) Propósito de Enmienda, llevándonos a poner los medios
necesarios     para   evitar el pecado y las ocasiones de pecado en la medida
de las propias    posibilidades,   y a reparar el daño que pueda haberse
hecho a los demás   por el pecado cometido.
      
               4) Confesión, que es la acusación de los propios pecados al
 sacerdote.     Esta  confesión debe ser sincera e íntegra.
      
               5) Absolución: el sacerdote nos absolverá de nuestros pecados
  diciendo:    "Yo te absulevo de tus pecados en el nombre del Padre, del
Hijo  y del Espíritu    Santo".
      
               6) Satisfacción. La absolución del sacerdote perdona la culpa
  y  la  pena   eterna (el infierno), y también parte de la pena temporal
debida   por  los  pecados (penas del Purgatorio), según las disposiciones
del penitente.    No  obstante, por ser difícil que las disposiciones sean
tan perfectas que   supriman  todo el débito de pena temporal, el confesor
impone una penitencia    que ayuda  a la atenuación de esa pena.
      
                   Efectos del sacramento de la Penitencia:
      
                1.-Infunde en el alma la gracia santificante o la aumenta.
               2.-Perdona los pecados, la pena eterna (el infierno) y la
temporal     (Purgatorio)   en todo o en parte. Ver también indulgencias
               3.-Nos da fuerzas para evitar los pecados en lo sucesivo,
especialmente       de aquellos de los que se acusa, ya que con la recepción
frecuente de   este    sacramento se robustece toda la vida espiritual.
               4.-Reconcilia con la Iglesia.
 
 
 Guía para la Confesión individual
 
 
 Examen de Conciencia